Pregunta
¿Puede el Tribunal de Cuentas exigir colaboración a personas físicas o jurídicas y qué ocurre si no se cumple?
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Respuesta
Art. 7.1 y 7.3 LOLTC: Sí, todas las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, están obligadas a suministrarle cuantos datos, estados, documentos, antecedentes o informes solicite. El incumplimiento puede suponer la aplicación de multas coercitivas y, si se refiere a justificantes de inversiones o gastos, se iniciará de oficio el expediente de reintegro. Se pondrá en conocimiento de las Cortes Generales la falta de colaboración.
¿La sabías?