Pregunta
Art. 110.1 LJCA — ¿En qué materias cabe la extensión de efectos de sentencias firmes y en qué plazo debe solicitarse?
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Respuesta
Art. 110.1 LJCA: En materia tributaria, de personal al servicio de la Administración pública y de unidad de mercado. Debe solicitarse en el plazo de 1 año desde la última notificación de la sentencia firme a las partes del proceso.
¿La sabías?