Pregunta
¿Qué competencias propias tienen los municipios en el Área de Territorio e Infraestructuras según el artículo 15 de la Ley 3/2019 de Extremadura?
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Respuesta
Art. 15.2 Ley 3/2019: Competencias en: ordenación de equipamientos e infraestructuras municipales; vivienda; medio ambiente y desarrollo sostenible; urbanismo; cementerios y servicios funerarios; ciclo integral del agua de uso urbano; alumbrado, limpieza viaria, parques y jardines; recogida y tratamiento de residuos; patrimonio histórico; actividades de servicios; patrimonio municipal; lagos y montes; y vías públicas municipales.
¿La sabías?